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El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de Internet el “Aplicativo para presentar la Declaración Anual 2018 de las Personas físicas” que podrán acceder a través de la siguiente liga:  http://omawww.sat.gob.mx/declaracionanual/Paginas/default.htm

Recordemos que las personas físicas están obligadas a presentar la Declaración Anual en abril, siempre que se ubiquen son los siguientes supuestos:

  • Quienes están en el Régimen de Servicios Profesionales, obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
  • Aquellas que tienen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
  • Las personas que cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Deben presentarla quienes reciben intereses o dividendos.
  • Aquellas que enajenaron bienes, es decir, si vendieron o compraron algún bien inmueble.
  • Asimismo, deben presentarla las personas físicas que recibieron ingresos por salarios y están en alguno de estos casos:
  • Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones.
  • Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018.
  • Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400 mil pesos.
  • Si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
  • Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.

Cabe mencionar que están exentos de la obligación de presentar Declaración Anual quienes obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, y siempre que el patrón haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso los superiores a 400 mil pesos y los que recibieron ingresos por salarios y que, en su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos.

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Los socios de Russell Bedford y su Comité Fiscal estamos listos para apoyarte con el contenido de este boletín fiscal.