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Declaraciones informativas local y maestra de partes relacionadas... ¿Estás listo para su presentación?

A partir de la Acción 13 del Plan BEPS (Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios) realizado por la OCDE, se emitieron recomendaciones para que se estandarice la documentación de precios de transferencia a nivel internacional y esta sea reportada a las autoridades fiscales de cada país.

Siguiendo estas recomendaciones, la autoridad fiscal mexicana comenzó a solicitar a las personas morales que realizan operaciones con partes relacionadas a presentar las siguientes declaraciones a partir del ejercicio fiscal 2016.

· Declaraciones informativas local y maestra de partes relacionadas. Si perteneces a un grupo empresarial nacional solamente deberás presentar la declaración informativa local; mientras que, si perteneces a un grupo empresarial multinacional deberás presentar ambas declaraciones informativas, esto con la finalidad de combatir prácticas que puedan erosionar la base tributaria de los países.

· Declaración informativa país por país:  Si el grupo empresarial multinacional al que perteneces obtuvo en el ejercicio inmediato anterior ingresos consolidados equivalentes o superiores a doce mil millones de pesos, la controladora del grupo estará obligada a presentarla o bien, la persona moral que esta designe.

Estarás obligado a presentarlas si cumples con alguna de las fracciones I a la IV del artículo 32-H del CFF:

I. Personas morales con ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior por $755,898,920.00 (cantidad actualizada a 2018), o empresas que al cierre del ejercicio inmediato anterior tuvieran acciones cotizando en la bolsa de valores.

II. Sociedades mercantiles que permanezcan en el régimen fiscal opcional para grupo de sociedades.

III. Entidades paraestatales de la administración pública federal.

IV. Personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país.

La fecha límite de presentación de estas declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal 2018, es el 31 de diciembre de 2019. 

En caso de que te encuentres obligado a la presentación de alguna de estas declaraciones y no lo realices, existen sanciones tales como multas y la imposibilidad de celebrar contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República.​​​​​​

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo