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Iniciativa de Reforma de Ley LFPIORPI “Actividades Vulnerables”

A través de la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la cual presentó el Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ante el Congreso de la Unión el pasado 03 de marzo, se propone integrar diversas figuras que son requeridas para dar cumplimiento con la totalidad de las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), entre las que destacan las siguientes:

  • Financiamiento al Terrorismo: se adiciona como objetivo la prevención e identificación de aquellos actos u operaciones relacionados con el terrorismo.
  • Personas Políticamente Expuestas (PEP): se obliga a identificar y monitorear operaciones cuyos clientes sean considerados PEP.
  • Enfoque Basado en Riesgo: llevar a cabo una evaluación para identificar, analizar y entender el riesgo en que se encuentra su actividad, así como el riesgo de sus clientes.
  • Beneficiario Final: se obliga a todas las personas morales mercantiles a identificar a su beneficiario final mediante el sistema electrónico administrado por la Secretaría de Economía.
  • Operaciones Sospechosas: se adiciona la obligación para  reportar en caso de sospecha o indicios de que los recursos relacionados con las operaciones pudieran provenir o estar destinados a la comisión de delitos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT).
  • Programas de Capacitación y Sistemas Automatizados: se deberá contar con sistemas automatizados que permita llevar un monitoreo de las operaciones, así como contar con programas de capacitación anuales en la materia.
  • Auditoría Interna o Externa: se obliga a dictaminar en un año calendario la efectividad del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la LFPIORPI.
  • Organizaciones y Sociedades Civiles sin Fines de Lucro (OSFL): se adiciona un nuevo capítulo para implementar las medidas determinadas por la autoridad para la mitigación de riesgos en dichas asociaciones.

En caso de que tu compañía realice las siguientes actividades:

Deberás considerar que se encuentra obligada a cumplir con lo mencionado anteriormente.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo