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FONACOT - Plan de Alivio para Trabajadoras y Trabajadores

El Consejo directivo del Instituto FONACOT, derivado del COVID-19, aprobó un Plan de Alivio para Trabajadoras y Trabajadores, el cual establece:

  1. En caso de no poder cubrir los pagos completos de abril y mayo de 2020, el saldo será transferido al final del período del plazo del crédito sin cargos extras y sin afectar el historial crediticio.
  2. En caso de alguna modificación en las percepciones, el patrón deberá informarlo y retener no más del 20% del salario (art. 110-VII LFT) y no más del 10% del salario (art. 97-IV LFT) para trabajadores que perciben el salario mínimo.

Salario, es el que establece el artículo 84 de la LFT (el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo).

  1. Si pierdes tu empleo, recuerda que cuentas con el beneficio de protección que contrataste con tu crédito, el cual incluye la cobertura de hasta seis mensualidades.

Por otra parte, se recuerda a los patrones su obligación de continuar enterando los descuentos que hayan retenido así como avisar a FONACOT sobre las incidencias de las trabajadoras y trabajadores y cualquier cambio en sus percepciones.

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En RBM estamos a tus órdenes para asesorarte en todo lo relativo a la preparación de nóminas y las contribuciones que derivan de las mismas así como de las demás deducciones (descuentos-retenciones).

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo