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Flash Fiscal CDMX

El 21 de diciembre de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México, del cual destaca lo relativo a:
 

Subcontratación

Se adiciona el artículo 156 BIS, el cual establece que las personas físicas o morales que contraten o subcontraten, independientemente como se denominen los servicios proporcionados por un contratista en términos de la normatividad aplicable, aun cuando la erogación por remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona, deberán presentar a la Secretaría un aviso dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se celebre dicho contrato o se realicen modificaciones al mismo.

A dicho aviso deberá anexarse el original o copia certificada del contrato respectivo, e informar el número de trabajadores que presten los servicios correspondientes, y la denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del contratista.

No presentar el aviso en cuestión o presentarlo extemporáneamente, se sancionará con una multa de $3,713 a $9,413 (art. 466-XII).

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En Russell Bedford, estamos a tus órdenes para asesorarte en todo lo relativo al cumplimiento de obligaciones tributarias y pago de contribuciones en la Ciudad de México.