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Préstamos y Tesorería centralizada entre empresas del mismo grupo empresarial: ¡Ya son actividades vulnerables!

El pasado 18 de enero, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) publicó en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero [SPPLD], una modificación al criterio dirigido a las operaciones realizadas de tesorería centralizada y préstamos otorgados entre compañías del mismos grupo empresarial.

La principal modificación al criterio, señala que estas operaciones ya están sujetas a dar cumplimiento con lo establecido en la LFPIORPI, su reglamento y las reglas de carácter general, mismas que enlistamos a continuación:

  • Inscripción en el sistema del portal de prevención de lavado de dinero (SPPLD).
  • Designación de un encargado responsable de cumplimiento.
  • Elaboración de expedientes de identificación.
  • Presentación de avisos mensuales ante el portal antes citado (siempre y cuando no cumplan con la excepción indicada en el artículo 27 BIS de las reglas de carácter general).
  • Diseño e implementación de un plan de capacitación en materia de PLD.
  • Elaboración de un manual en materia de PLD, entre otras.

Cabe señalar que dicho criterio, tiene carácter orientativo e informativo y en ningún caso constituye un acto de autoridad o una interpretación de la ley.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo