Contribuyentes relevados de la obligación de presentar la información sobre su situación fiscal
De acuerdo con la regla miscelánea 2.16.3., los contribuyentes que estén obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (ISSIF) por haberse ubicado únicamente en el supuesto a que se refiere la fracción V del artículo 32-H del CFF, podrán optar por no presentarla cuando el importe total de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero en el ejercicio fiscal sea inferior a $100’000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 M.N.).
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