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Resolución para el sector de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2022

El pasado 7 de abril de 2022 se publicó mediante el portal del SAT, la versión anticipada de la Resolución de Facilidades Administrativas para el ejercicio 2022 aplicable únicamente a los contribuyentes del sector de autotransporte terrestre de carga y de pasajeros, en donde destaca la eliminación de algunas facilidades que eran aplicables a los contribuyentes de actividades primarias.

A continuación, detallamos algunas de las modificaciones más sobresalientes para este 2022:

  • Facilidad para deducir hasta el 8% de los ingresos propios de la actividad sin comprobante que reúna requisitos fiscales.

- Como nuevo requisito, se deberá informar mediante la declaración anual de ISR el importe de deducción aplicado durante el ejercicio. Cabe mencionar que se mantiene que el monto límite deducible, es de un millón de pesos.

  • Deducción de hasta un 15% de pagos de combustible en efectivo con CFDI.

- Para el año 2022, se requiere que el CFDI deberá contar con el permiso vigente bajo los términos de la Ley de Hidrocarburos.

  • Acreditamiento del estímulo por consumo de diésel.

- Se establece como requisito, que en el CFDI conste la información del permiso vigente, expedido en los términos de la Ley de Hidrocarburos.

  • Servicio de paquetería.

- Se podrá abstener de acompañar las mercancías en transporte, el pedimento de importación, la nota de remisión o de envío, siempre que se cumpla con la obligación de acompañar la guía de envío respectiva y emitan el CFDI con complemento Carta Porte.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.