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El 18 de febrero de 2022, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer la versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, que reforma el artículo Décimo Séptimo Transitorio, para señalar que los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo