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Beneficios fiscales 2022 en materia de impuesto predial en la Ciudad de México (CDMX)

En la CDMX los contribuyentes pueden acceder a los siguientes beneficios fiscales en materia de impuesto predial:

Personas físicas y morales

  • Descuentos por Pago anticipado
  1. a) 8% si el pago se realiza en enero y
  2. b) 5% si se paga en febrero

Personas físicas

  • Cuota Bimestral de $55.00  (Artículos 281 y 282 del CFCDMX)

Los contribuyentes propietarios del inmueble que habitan, cuyo valor catastral no exceda de $2,323,374.00, con uso exclusivamente habitacional y que acrediten ser: jubilado; pensionado; viuda pensionada o huérfano pensionado; mujer separada, divorciada, jefa de hogar o madre soltera, todas ellas demostrando tener dependientes económicos o dependientes con discapacidad; o persona con discapacidad permanente, pueden solicitar esta reducción durante 2022. El trámite se puede realizar ante cualquier Administración Tributaria o en la plataforma descuentopredial.cdmx.gob.mx.

Requisitos:

  1. Boleta Predial (en la que conste el nombre del Propietario)
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP)
  3. Identificación oficial vigente con fotografía
  4. Comprobante de domicilio (siempre y cuando se encuentren a nombre del contribuyente y el domicilio corresponda al inmueble respecto del cual se aplicará el beneficio fiscal)
  5. Documento que acredite su condición, y
  6. Manifiesto bajo protesta de decir verdad
  • Condonación del 30% del Impuesto Predial

La condonación la pueden solicitar los contribuyentes propietarios del inmueble que habitan, cuyo valor catastral exceda de $2,323,374.00, con uso exclusivamente habitacional y que acrediten ser: jubilado, pensionado, viuda pensionada o huérfano pensionado, o adulto mayor sin ingresos fijos y escasos recursos. El trámite se puede realizar ante cualquier Administración Tributaria o en la plataforma descuentopredial.cdmx.gob.mx.

Requisitos:

  1. Boleta Predial (en la que conste el nombre del Propietario)
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP)
  3. Identificación oficial vigente con fotografía
  4. Comprobante de domicilio (siempre y cuando se encuentren a nombre del contribuyente y el domicilio corresponda al inmueble respecto del cual se aplicará el beneficio fiscal)
  5. Documento que acredite su condición, y
  6. Manifiesto bajo protesta de decir verdad

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En Russell Bedford México, te podemos asesorar y/o apoyar para realizar los trámites correspondientes en relación con el contenido de este boletín.

Hemos visto en Russell Bedford a un despacho serio en el cual se puede confiar para llevar a cabo el trabajo de acuerdo a los requerimientos que las autoridades federales nos exigen. Esta es una firma que recomendamos ampliamente para las labores de auditoría y fiscalización

Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo