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8a. resolución de modificaciones a la RMF para 2022 y sus Anexos 1, 1-A, 11, 14 Y 15

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó a través de su portal de internet, la Primera Versión Anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 (RMF 2022) y sus Anexos 1, 1-A,11, 14 y 15 y a continuación, detallamos las modificaciones más sobresalientes:

 

Reintegros

 

Las personas físicas o morales que deban reintegrar alguna cantidad recibida en términos en el artículo 22, décimo quinto párrafo del CFF tendrán que hacerlo a través de la línea de captura que se solicitará de conformidad con lo dispuesto en la ficha de trámite 319/CFF “Reintegros”, contenida en el Anexo 1-A.

 

Cambio de domicilio fiscal

 

Se da la facilidad a los contribuyentes que perciban ingresos únicamente por salarios o prestación de un servicio personal subordinado de realizar dicho trámite a través de la Oficina Virtual de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 77/CFF, contenida en el Anexo 1-A.

 

Presentación de avisos en el RFC

 

Se reforman las fracciones III y IV como a continuación se detalla:

III. El aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad conforme a la ficha de trámite 78/CFF.

  1. El aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en la Oficina del SAT o en la Oficina Virtual, conforme a la ficha de trámite 77/CFF.

 

Porcentaje de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, determinadas con motivo del ejercicio de facultades de comprobación

 

Se modifican los porcentajes correspondientes a multas por impuestos propios de la fracción II, como se integran a continuación:

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo