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Declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo

Recuerda que el próximo 28 de febrero es la fecha límite para la presentación de la declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo.

 

Todos patrones, por centro de trabajo, tienen la obligación de presentar su declaración, salvo aquellos que, entre otros, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

 

  • Aquellos que se inscribieron ante el IMSS durante el ejercicio 2022, por no haber concluido un año de operación.
  • Si cambiaron de clase por haber modificado su actividad empresarial.
  • Si reanudaron actividades después de 6 meses de suspensión.
  • Si como resultado de la fórmula, la prima determinada es igual a la del ejercicio 2022.
  • Aquellos patrones que se encuentran cotizando con la prima mínima (0.50000%) y que sus trabajadores no hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2022.

 

Los accidentes y enfermedades de trabajo que se deben incorporar al cálculo de la prima son aquellos que estén concluidos durante el periodo de la declaración y no deben considerarse accidentes en trayecto.

 

La presentación de la declaración es a través de internet desde el sistema conocido como IDSE o bien, de manera presencial.

 

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Recuerda que, nuestros equipos de legal fiscal, seguridad social, nóminas y contabilidad de Russell Bedford, estarán atentos a resolver cualquier duda o comentario sobre el particular o bien, para apoyarte en la elaboración del dictamen respectivo.