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Proyecto de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

El pasado 15 de julio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

 

Objetivo y aplicación

Esta norma regula y establece las condiciones de seguridad y salud para el teletrabajo que se desarrolle mediante tecnologías de la información y comunicación, con el fin de prevenir accidentes y enfermedades y promover un ambiente seguro.

 

Aplicable en toda la República Mexicana en los lugares y centros de trabajo que tengan personal bajo la modalidad de teletrabajo, con más del 40 por ciento de su jornada laboral semanal bajo este esquema.

 

Vigencia

  • Entrará en Vigor a los 180 días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
  • Se cuenta con un plazo de 60 días naturales siguientes a su publicación en el DOF para que los interesados, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo 

 

Características del Lugar de Teletrabajo

  • Disponer de conectividad para el uso y manejo de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
  • Contar con condiciones de seguridad y salud adecuadas y de calidad en el trabajo como:
  1. Instalaciones eléctricas
  2. Iluminación
  3. Ventilación y condiciones ergonómicas.

 

Esta situación podrá ser verificada físicamente por el patrón o a través de algún medio alterno, incluyendo unidades de inspección que revisarán las condiciones de los lugares de trabajo.

 

Se incluye como medida evaluación de las condiciones del lugar en el que se desarrolla el teletrabajo mediante la aplicación de cuestionarios a los empleados que se encuentren en esta modalidad.

 

Obligaciones:

Para el patrón se establecen, entre otras, las siguientes:

 

  1. Tener un listado de los trabajadores que estarán en esta modalidad.
  2. Contar con una política de Teletrabajo por escrito, que deberá implementarse y difundirse, la cual deberá establecer todo lo necesario para regular el mismo.
  3. Informar de los riesgos relacionados con la actividad que desarrollen.
  4. Validación las condiciones de seguridad y salud de los lugares de trabajo, incluso mediante inspección física, previa autorización del Teletrabajador, o en su caso mediante quien el patrón determine o bien a través de las listas de verificación, en su caso.
  5. Establecer y documentar, en su caso, el proceso de implementación del Teletrabajo.
  6. Proporcionar todas las herramientas, insumos y aditamentos para la realización del teletrabajo, como sillas ergonómicas, internet, posibilidad de impresión, etc.
  7. Mantenimiento y condiciones de uso y seguridad de los equipos.
  8. Capacitación al menos una vez al año.
  9. Modificar la modalidad de Teletrabajo a trabajo presencial, en su caso.
  10. Dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que, en su caso, le reporten.
  11. Compartir la documentación del cumplimiento de la NORMA, con la STPS (a la Comisión de Seguridad e Higiene).
  12. Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.

 

Para los Teletrabajadores, entre otras:

 

  1. Brindar al Patrón o quien este determine, por escrito, si está de acuerdo, las facilidades para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo o bien, mediante las listas de verificación respectivas.
  2. Observar la Política de Teletrabajo que establezca el patrón.
  3. Informar al patrón cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo en el lugar de trabajo acordado con el patrón.
  4. Resguardar y conservar de los equipos y materiales que reciba.
  5. Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  6. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información.
  7. Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal del lugar del Teletrabajo.
  8. Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de la capacitación.
  9. Avisar de los riesgos de trabajo que sufra.

 

Condiciones de seguridad y salud

Se señalan las características que deberán observarse para evitar tanto riesgos generados por agentes físicos, ergonómicos y psicosociales, incluyendo temas como la limpieza y orden de los materiales y equipos, iluminación y ruido de las áreas de trabajo, tipo de escritorio, silla y aditamentos posturales adecuados, un lugar específico y adecuado para el trabajo, derecho a la desconexión, conciliación de la vida familiar y horarios laborales, pudiendo existir un horario flexible, entre otros.

 

Capacitación y adiestramiento

A través de una figura presencial, remota o mixta, deberá brindarse capacitación sobre los diferentes factores de riesgo existentes, la política de Teletrabajo y los conocimientos necesarios para poder realizar el trabajo a distancia a través de las tecnologías de la información y comunicación.

 

Evaluación de la conformidad de la Norma:

A través organismos de inspección acreditados que el patrón podrá contratar podrá verificarse el cumplimiento de la Norma, mediante la aplicación expresa de los procedimientos que la propia reglamentación señala para tales efectos en las listas de inspección, el patrón podrá comprobar que las condiciones de trabajo y objetivos del Teletrabajo se cumplen.

 

Los dictámenes que emitan los organismos de inspección tendrán vigencia de 2 años, siempre y cuando no se modifiquen las condiciones de trabajo que sirvieron de base para los mismos.

 

Consideramos oportuno hacer mención que, como es comentado en el proyecto antes señalado, se deberá contemplar el cumplimiento de la NOM 035 a efectos de mitigar cualquier riesgo psicosocial relacionado con el Teletrabajo.

 

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Como siempre, nuestros especialistas en Russell Bedford están a tus órdenes para asesorarte sobre cualquier comentario o información que requieras sobre el contenido de la presente, así como la evaluación e implementación tanto de la NOM 035 y de la NOM 037 y sus impactos contables, fiscales y de seguridad social, así como en materia de capital humano.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo