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Modificación al acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por la SEMARNAT

El día de hoy, la Secretaría de Economía publicó el ACUERDO que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para indicar que las empresas que importen bajo el Régimen aduanero de importación temporal al amparo de su programa IMMEX productos, equipos, maquinarias o cualquier otro insumo que este llamado en el nuevo Anexo III (Procedimiento para la presentación del Aviso de Materiales importados de Régimen Temporal, retornos y reciclaje de residuos peligrosos), para ser remanufacturados, reciclados, reprocesados y/o para producir mercancías de exportación, deben ingresar a la DGGIMAR (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades de Riesgos) el Aviso de Materiales Importados de Régimen Temporal.

Y puntualiza que los residuos peligrosos generados con motivo de la utilización de insumos de importación temporal, que no sean reciclables, del Anexo I inciso f (Movimientos transfronterizos de residuos peligrosos) y generados a partir de los insumos reportados en el Aviso de Importación Temporal, deberán ser retornados al país de origen mediante el Aviso de Retorno de Residuos Peligrosos y exhibirse a la PROFEPA, en las inspectorías habilitadas en las aduanas del país.

Por último, queda pendiente que el SAT actualice el Anexo 22 de las RGCE vigentes, para indicar la clave que debe declarase en pedimento al importar o exportar residuos peligrosos y/o desechos previstos en tratados internacionales o retornar residuos peligrosos.

A continuación, te compartimos la liga de la publicación oficial para tu respectiva revisión:

Revisa el documento oficial

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo