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Publicación de listados actualizados de contribuyentes con operaciones inexistentes, presuntos y definitivos

El pasado 12 de julio se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los listados de los párrafos tercero (contribuyentes presuntos) y cuarto (contribuyentes listados definitivos) del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Estas listas se actualizan de manera recurrente.

Contribuyentes emisores (EFOS): Como recordaremos, estos listados se relacionan con aquellos contribuyentes que no desvirtuaron el supuesto de emitir comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar servicios, producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien que dichos contribuyentes se encuentren como no localizados, presumiéndose así las autoridades, la inexistencia de las operaciones amparadas por dichos comprobantes.

Contribuyentes usuarios de estos comprobantes (EDOS): Por su parte, aquellos contribuyentes que hubieran utilizado (EDOS) comprobantes fiscales emitidos contribuyentes listados como definitivos (EFOS), contarán con 30 días siguientes a la publicación para acreditar ante la autoridad fiscal de manera activa (no media invitación o requerimiento), que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los comprobantes emitidos por los EFOS, o bien procederán a corregir en el mismo plazo su situación fiscal, mediante declaraciones complementarias que correspondan.

Créditos Fiscales por no corrección y Delito: En caso de no corregir la situación fiscal, la autoridad podrá determinar los créditos fiscales que correspondan. Asimismo, las operaciones soportadas con los comprobantes señalados se considerarán como actos o contratos simulados para efectos de los delitos establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Sugerimos que periódicamente validen si tus proveedores se encuentran en estos listados. La mayoría de los sistemas contables actuales cuentan con la facilidad de realizar esta revisión, actualizando los listados.

En caso de detectar que se realizaron operaciones con EFOS presuntos, recomendamos ejercer acción inmediata contactando al proveedor y preparando la información que sustenta su materialidad.

De manera similar, si alguno de los proveedores apareciera como EFO definitivo, el tomar acción antes de los 30 días señalados, y entregar a la autoridad la documentación que soporte que la operación fue real.

Puedes verificar los listados en las siguientes ligas:

EFOS Presuntos

EFOS Definitivos

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.

Hemos visto en Russell Bedford a un despacho serio en el cual se puede confiar para llevar a cabo el trabajo de acuerdo a los requerimientos que las autoridades federales nos exigen. Esta es una firma que recomendamos ampliamente para las labores de auditoría y fiscalización

Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo