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¿Sabes si estás obligado a presentar tu Declaración Anual como Persona Física?

A este respecto, te comentamos que no estás obligado a presentarla en los siguientes casos:

 

  • Si obtuviste ingresos por sueldos y salarios de un solo patrón y no excedieron de 400 mil pesos en el ejercicio.
  • Si tus ingresos por salarios e intereses no fueron mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.
  • Si obtuviste ingresos por salarios de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a tu cargo, el patrón haya emitido el CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y los ingresos intereses nominales que obtuviste provenientes de sistema financiero no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.

 

A pesar de lo anterior, puedes optar por presentar tu Declaración Anual del ejercicio 2023 y efectuar las deducciones personales a que tienes derecho como son:

 

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Honorarios a enfermeras.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, así como las prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos.
  • Colegiaturas:
  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.
  • Intereses reales por créditos hipotecarios.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
  • Aportaciones complementarias de retiro.

 

Debes cumplir con los requisitos de CFDI y formas de pago, así como vigilar que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales), no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.

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Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo