Skip to the content

Se modifica la TIGIE respecto del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas

El 22 de abril de 2024 la Secretaría de Economía publicó el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación respecto del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas, con el propósito de incrementar la disponibilidad de cápsulas de café en el país y salvaguardar las oportunidades comerciales que fortalecen la competitividad de los productores primarios de café mexicano en procesos productivos y en beneficio de los consumidores de los referidos productos.
 
En este sentido, se modifica el arancel-cupo aplicable a las cápsulas de café que se clasifican en las fracciones arancelarias 0901.21.99, 0901.22.99 y 0901.90.99.
 
El arancel-cupo para las cápsulas de café se ajusta de estar exentar a considerar un pago de impuesto de importación del 20%, únicamente para el Café tostado y molido en envases individuales con un peso inferior o igual a 40 gramos.
 
Por último, el presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación. En el siguiente enlace podrás descargar la publicación oficial:
*********
En Russell Bedford, nuestros expertos están a tus órdenes para apoyarte en todo lo relativo al tema de comercio exterior y asesoría en materia aduanal para tu empresa.

Hemos visto en Russell Bedford a un despacho serio en el cual se puede confiar para llevar a cabo el trabajo de acuerdo a los requerimientos que las autoridades federales nos exigen. Esta es una firma que recomendamos ampliamente para las labores de auditoría y fiscalización

Javier Sánchez, Dir. General Adjunto, Sintenovo