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Actualiza tu Buzón Tributario

El SAT identifica al Buzón Tributario como el canal de comunicación entre el contribuyente y la Autoridad Tributaria.

Sus propósitos son: simplificar las notificaciones de actos administrativos, el envío de mensajes, la posibilidad de presentar promociones y avisos, así como dar cumplimiento a requerimientos.

Es obligatorio para todas las personas físicas y morales, siendo opcional para:

  • Personas Físicas sin actividad económica ni obligaciones fiscales o en suspensión de actividades.
  • Personas físicas con ingresos por sueldos y salarios inferiores a 400 mil pesos.
  • Personas Morales con suspensión de actividades ante el RFC.

El Buzón Tributario debe tener 2 medios de contacto: número telefónico y correo electrónico, en este último caso hasta 5 direcciones se pueden registrar.

Requisitos:

  • Personas Morales: Deben utilizar su Firma Electrónica.
  • Personas Físicas: Pueden utilizar e.firma, e.firma portable o Clave CIEC.

 Recuerda que es importante mantenerlo actualizado, se pueden modificar sin límite los correos electrónicos o número telefónico.

Una vez habilitado, el SAT enviará un aviso al correo electrónico y/o un mensaje al número telefónico y así estarás enterado de que tienes un nuevo mensaje en tu Buzón Tributario.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.