Conoce los requisitos para deducir comprobantes emitidos por residentes el extranjero (regla 2.7.1.14 de la RMF)
Una pregunta frecuente que tienen los contribuyentes cuando realizan erogaciones en el extranjero, es la siguiente: ¿Puedo deducir este gasto o compra con un comprobante que no es un CFDI que me emitió un extranjero?
Como sabemos, la legislación fiscal mexicana no puede imponer obligaciones a extranjeros residentes en sus países de origen, y que realizan sus actividades en aquel lugar, de emitir CFDI (salvo en el caso de las plataformas tecnológicas).
Para permitir la deducción de lo anterior, el quinto párrafo del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente, le otorga al Servicio de Administración Tributaria, el establecer las características de los comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, que podrán utilizarse para las deducciones fiscales y acreditamiento de impuestos.
La Regla 2.7.1.14 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024, nos menciona los requisitos que deberán contener estos comprobantes, los cuales son los siguientes:
- Nombre, denominación o razón social; domicilio y, en su caso, número de identificación fiscal, o su equivalente, de quien lo expide.
- Lugar y fecha de expedición.
- Clave en el RFC de la persona a favor de quien se expida y, nombre, denominación o razón social de dicha persona.
- Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
- Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra.
- Tratándose de la enajenación de bienes o del otorgamiento de su uso o goce temporal, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente; o bien, se adjunte al comprobante emitido por el residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, el CFDI que emita el contribuyente por las retenciones de las contribuciones que efectuó a dicho residente en el extranjero.