Anticipos de PTU, tienen la naturaleza de gratificación – Criterio Técnico IMSS
El Instituto Mexicano del Seguro Social (el Instituto) ha detectado que algunos patrones tienen la práctica de entregar “anticipos de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)” que en todo caso, deberían realizarse en el ejercicio fiscal siguiente a su generación. Lo anterior probablemente, afectando los intereses del Instituto y de los trabajadores.
Para señalar lo anterior como practica fiscal indebida en materia de seguro social, el Instituto emitió en Julio de 2023, el criterio técnico número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV, para orientar a los patrones o sujetos obligados. De acuerdo con dicha publicación, la práctica de entregar anticipos de PTU en el mismo ejercicio en que se generó, desvirtúa la naturaleza de la prestación al contravenir el plazo de pago, el cual es 60 días posteriores a la fecha en que deba de pagarse el Impuesto Sobre la Renta anual de los patrones. Lo anterior en virtud que de entregarse anticipos antes de los plazos estipulados, no se tiene la certeza del monto real a entregar.
Continúa señalando el criterio que al realizarse los pagos fuera de los plazos, pierde la naturaleza de PTU, por lo cual le corresponde el concepto de gratificación y debe integrarse al salario base de cotización del trabajador en términos del primer párrafo del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
Por lo anterior, el Instituto señala como práctica fiscal indebida para seguro social lo siguiente:
- Quien pague la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, fuera del plazo establecido en el artículo 122 de la LFT, siendo esto antes o después de lo señalado en las disposiciones jurídicas aplicables.
- Quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación de las prácticas antes señaladas.
- Todo contador público autorizado que emita una opinión de cumplimiento «limpia y sin salvedades» en el dictamen en materia de seguridad social de patrones que incurran en cualquiera de las conductas mencionadas.
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