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Plazo máximo para corregir y cancelar CFDI de nómina emitidos con errores en 2025

Recuerda que de acuerdo con la regla 2.7.5.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2025 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2026 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2025 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2025 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

La aplicación del beneficio contenido en dicha regla, no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que, en su caso, procedan.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.