Regla 2.2.15 del Acuerdo de Reglas de la Secretaría de Economía “Avisos y permisos automáticos de importación” en VUCEM
La regla 2.2.15 del Acuerdo de Reglas de Comercio Exterior establece que el valor y precio unitario en los permisos de importación, deben de coincidir con la factura comercial. A partir del 13 de junio del presente año, el cálculo del precio unitario se realizará automáticamente en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana, dividiendo el valor factura en USD por la cantidad. Esto para garantizar consistencia con lo descrito en la factura.
La regla 2.2.15 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022, establece:
2.2. 15. Para los efectos de los artículos 22 y 23 segundo párrafo del RLCE, cuando se trate de mercancías sujetas al requisito de aviso y permiso previo o automático conforme a los numerales 8 fracción II y 8 BIS fracciones I y II al Anexo 2.2.1 del presente ordenamiento, el valor y precio unitario contenidos en el permiso, deberá coincidir con la factura comercial que ampare la importación; caso contrario el permiso carecerá de validez.
Con fecha 13 de junio de 2024, se publicó el Boletín B.SNICE 003/2024 que en su punto 2., a la letra expresa:
2.- Se incluye un campo para el precio unitario, por lo cual, ya no será necesario la captura del mismo en el campo de “Descripción de la mercancía”, la VUCEM calculará automáticamente dicho valor, de acuerdo a lo declarado en valor factura (USD) y cantidad.
Para continuar con la lectura te invitamos a consultar el Diario Oficial de la Federación en el botón inferior:
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