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Ingresos acumulables para Dictamen e ISSIF 2025

El Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente en el ejercicio 2025 establece en su artículo 32-A, el supuesto por el cual, los contribuyentes se encuentran obligados a la emisión de sus Estados Financieros Dictaminados por Contador Público registrado con base a sus ingresos y que deberán enviarse al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en los Formatos establecidos. La misma disposición también señala la opción de este dictamen para ciertos contribuyentes.

A su vez, el artículo 32-H establece los supuestos de obligatoriedad para la presentación de la Informativa Sobre la Situación Fiscal (ISSIF), en los supuestos de ingresos y ejercicio correspondiente.

Sobre el Dictamen Fiscal 2025

Con respecto a la obligación, nos permitimos transcribir lo mencionado en la disposición citada:

Art. 32-A, segundo párrafo del CFF.-

“Están obligados a dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público, las personas morales que tributen conforme al Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que en el ejercicio inmediato anterior hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $1,940,178,120.00, así como aquellas que en el ejercicio fiscal anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.”

Por su parte, el pasado 29 de enero de 2026, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), emitió el comunicado “Ingresos Acumulables para presentar el Dictamen e ISSIF 2025”, con Folio 16/2015-2026, en cual menciona que dicho instituto, así como la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, comunican tanto el monto de los ingresos así como el ejercicio, que los contribuyentes deberán tomar de base para determinar si se encuentran obligados al Dictamen Fiscal o a la Informativa Sobre la situación Fiscal, ambos del ejercicio 2025.

En este sentido, se confirma que los supuestos de ingresos y ejercicio al que corresponden dichos ingresos, de obligación para la emisión de Estados Financieros Dictaminados por Contador Público inscrito (dictamen fiscal), corresponden al ingreso por $1,940,178,120.00 o mayores, manifestados en la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2024.

Sobre el ISSIF 2025

Con respecto a la obligación con base a los ingresos, se establece en la fracción I del artículo 32-H del CFF:

“Artículo 32-H. Los contribuyentes que a continuación se señalan deberán presentar ante las autoridades fiscales, como parte de la declaración del ejercicio, la información sobre su situación fiscal, utilizando los medios y formatos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.

I. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $1,062,919,860.00, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.”

Complementando lo anterior, el comunicado emitido por el IMCP aclara que, para efectos de la Informativa Sobre la Situación Fiscal de los contribuyentes ubicados en el supuesto establecido en el artículo 32-H del CFF, los ingresos y el ejercicio que se tomarán para confirmar la obligación, corresponden a $1,062,919,860.00 o mayores, manifestados en la Declaración anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2024.

Puedes consultar el comunicado del IMCP en al siguiente liga:

Comunicado oficial

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.