Ingresos exentos e informativos que se deben manifestar al presentar la declaración anual de personas físicas
En la declaración anual de las personas físicas se tiene la obligación de informar los siguientes ingresos de carácter informativo o exentos para el Impuesto Sobre la Renta:
Préstamos, donativos y premios que excedan $600,000 pesos en conjunto o individualmente:
- Préstamos: Dinero recibido por préstamos bancarios o de terceros.
- Donativos: Recibidos de familiares o terceros.
- Premios: Ganados en concursos o sorteos.
De no informarlos, el SAT podría considerar estos ingresos como acumulables.
Herencias, legados, viáticos o venta de casa habitación cuando el total de estos ingresos supere los $500,000 pesos:
- Herencias o legados: Bienes recibidos por herencia o legado.
- Viáticos: Pagos de gastos de viaje de trabajo recibidos y no comprobados con CFDI a nombre del patrón.
- Enajenación de casa habitación: Ingresos por la venta de la casa del contribuyente que se resulte exenta del ISR hasta por 700,000 UDIS.
******
Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.
