Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 y su Anexo 7
El 2 de octubre de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 y su Anexo 7, mediante la cual se incorpora el criterio normativo 60/ISR/N “Empacadores de exportación de aguacate con destino a los Estados Unidos de América”.
Este criterio establece que, para efectos de la deducción en el Impuesto sobre la Renta (ISR) de las compras de aguacate destinado a su exportación a los Estados Unidos de América, las empacadoras deberán cumplir con los requisitos y medidas fitosanitarias establecidos por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Entre otros aspectos, las empacadoras deberán verificar que:
- La fruta provenga de huertos certificados.
- El abastecimiento de la empacadora se realice directamente de dichos huertos certificados.
- Las compras de aguacate se encuentren amparadas con el CFDI emitido por el poseedor, usufructuario o propietario del huerto certificado.
Adicionalmente, las empacadoras deberán cerciorarse y contar con los elementos documentales que permitan acreditar el cumplimiento de las obligaciones fitosanitarias aplicables.
El SAT considera que la observancia de estas disposiciones constituye un elemento necesario para satisfacer el requisito de estricta indispensabilidad previsto en el artículo 27, fracción I, de la Ley del ISR. En consecuencia, el incumplimiento de dichos requisitos podría afectar la deducibilidad de las compras de aguacate destinadas a la exportación a los Estados Unidos de América.
Es importante señalar que, conforme al artículo transitorio único de la Tercera Resolución de Modificaciones, esta disposición entrará en vigor el 31 de diciembre de 2026.
Por lo anterior, recomendamos a las empresas del sector revisar anticipadamente sus procedimientos de compra, expedientes de proveedores, CFDI y documentación fitosanitaria, a efecto de contar con evidencia suficiente que permita soportar la deducibilidad de estas operaciones.
Se adjunta para su consulta el criterio normativo 60/ISR/N “Empacadores de exportación de aguacate con destino a los Estados Unidos de América”.
Quedamos a sus órdenes para revisar el impacto de esta disposición en sus operaciones y los controles documentales que resulte conveniente implementar.
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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.
