Actualiza tu Buzón Tributario
El SAT identifica al Buzón Tributario como el canal de comunicación entre el contribuyente y la Autoridad Tributaria.
Sus propósitos son: simplificar las notificaciones de actos administrativos, el envío de mensajes, la posibilidad de presentar promociones y avisos, así como dar cumplimiento a requerimientos.
Es obligatorio para todas las personas físicas y morales, siendo opcional para:
- Personas Físicas sin actividad económica ni obligaciones fiscales o en suspensión de actividades.
- Personas físicas con ingresos por sueldos y salarios inferiores a 400 mil pesos.
- Personas Morales con suspensión de actividades ante el RFC.
El Buzón Tributario debe tener 2 medios de contacto: número telefónico y correo electrónico, en este último caso hasta 5 direcciones se pueden registrar.
Requisitos:
- Personas Morales: Deben utilizar su Firma Electrónica.
- Personas Físicas: Pueden utilizar e.firma, e.firma portable o Clave CIEC.
Recuerda que es importante mantenerlo actualizado, se pueden modificar sin límite los correos electrónicos o número telefónico.
Una vez habilitado, el SAT enviará un aviso al correo electrónico y/o un mensaje al número telefónico y así estarás enterado de que tienes un nuevo mensaje en tu Buzón Tributario.
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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.
