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Seguros pagados al extranjero

Es común en grupos multinacionales que a través de la casa matriz residente en el extranjero se paguen ciertos servicios que ayudan a optimizar los costos del grupo, como son, entre otros, las primas de seguro, y que posteriormente la casa matriz le facture a la compañía mexicana el monto de las mismas (reembolso).

En este supuesto, entre otros aspectos, se debe tener presente que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece como un requisito para su deducción, que los pagos de las mismas se hagan conforme a las leyes de la materia. Por su parte la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas señala que se prohíbe contratar con empresas extranjeras, seguros de personas, de vehículos, de crédito, de responsabilidad civil, entre otros.

Por lo cual, en caso de estar en el supuesto señalado se deberá verificar si cumplen los requisitos establecidos por la Ley para considerarlos como deducibles.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.