Prepárate para presentar la Declaración Anual de Personas Morales

El 31 de marzo vence el plazo para la presentación de la declaración anual de las Personas Morales, en la que se determinará el resultado fiscal del ejercicio, el monto del ISR correspondiente, así como en su caso, la PTU a repartir a los trabajadores.

Esta declaración se presenta en el portal del SAT en forma electrónica, utilizando diferentes los exploradores como son: Google Chrome, Firefox, Edge o Safari.

También es posible presentar declaraciones de ejercicios anteriores (extemporáneas) o complementarias.

El SAT pone a disposición de los contribuyentes diversos visores, que resultan importantes consultar, como son:

  • Visor de CFDI emitidos y recibidos.
  • Visor de CFDI de nóminas para el patrón.

El formato contiene información precargada tomada de los pagos provisionales del ISR, así como de la emisión de los CFDI de nómina.

Adicionalmente, sugerimos tener a la mano la siguiente información:

  • Estados Financieros (Balance y Estado de Resultados),
  • Balanza de comprobación,
  • Determinación del ajuste anual por inflación,
  • Cálculo del ISR del ejercicio y de la PTU,
  • Papeles de trabajo de cuentas fiscales; CUCA, CUFIN y Pérdidas,
  • Conciliación entre el resultado contable y el fiscal,
  • Deducción fiscal de las inversiones,
  • Concentrado de pagos provisionales efectuados y de retenciones,
  • Estado de costo de producción y ventas,
  • Información de la PTU por repartir a los trabajadores (cálculo del límite de PTU a repartir conforme a la Ley Federal del Trabajo),
  • En su caso, archivo de carga de la Información Sobre la Situación Fiscal del Contribuyente (ISSIF).

Una vez capturada y revisada, se envía al SAT y el sistema emite el recibo con sello digital. En caso de que exista impuesto a cargo, este se paga por transferencia en los medios bancarios autorizados.

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Los Socios y el Comité Fiscal de Russell Bedford estamos a tus órdenes para asesorarte en relación al contenido de este boletín informativo.